Cómo reclamar el complemento por hijo y brecha de género

Cómo reclamar el complemento por hijo y brecha de género

Los pensionistas que han tenido hijos o hijas pueden tener derecho a un complemento económico mensual en su pensión. Este complemento, conocido como complemento para la reducción de la brecha de género, está destinado a compensar las desigualdades que tradicionalmente han afectado a las carreras laborales de quienes han asumido tareas de cuidado familiar, en su mayoría mujeres.

Desde Derechos del Trabajo, despacho especializado en Derecho Laboral y de la Seguridad Social, te explicamos quién tiene derecho a este complemento, cómo reclamarlo, y en qué casos puede exigirse con carácter retroactivo.

¿QUÉ ES EL COMPLEMENTO POR HIJO O BRECHA DE GÉNERO?

Desde febrero de 2021, el complemento que antes se conocía como “complemento por maternidad” pasó a denominarse “complemento para la reducción de la brecha de género”, y ahora pueden solicitarlo tanto hombres como mujeres.

Su finalidad es compensar el impacto de haber tenido hijos en la carrera profesional de una persona trabajadora (por ejemplo, pidiendo una excedencia para el cuidado del menor), y su repercusión en la pensión contributiva.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Pueden pedirlo quienes:

  • Hayan tenido uno o más hijos (biológicos o adoptados).
  • Sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad desde el 4 de febrero de 2021.
  • En el caso de los hombres, deben acreditar que su carrera profesional se ha visto perjudicada por el nacimiento o adopción de hijos.

CUANTÍA DEL COMPLEMENTO EN 2025

En 2025, el importe aprobado del complemento es de:

  • 33,20 euros al mes por hijo, hasta un máximo de 4 hijos.
  • Es decir, el complemento máximo sería de 132,80 euros mensuales.

Este importe se actualiza anualmente con el IPC.

¿ES RETROACTIVO?

Depende del caso:

  • Si solicitaste la pensión después del 4 de febrero de 2021, puedes pedir el complemento desde la fecha de reconocimiento de tu pensión, aunque no lo solicitaras en ese momento.
  • Si la pensión se reconoció antes del 4 de febrero de 2021, no se aplica automáticamente el nuevo complemento. Sin embargo, hay sentencias que han abierto la puerta a reclamarlo por discriminación de género, especialmente para hombres jubilados entre 2016 y 2021, que no pudieron beneficiarse del complemento por maternidad (entonces reservado a mujeres).

¿QUÉ HA DICHO LA JUSTICIA EUROPEA?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado en varias ocasiones contra España, considerando que la exclusión de los hombres del complemento por maternidad entre 2016 y 2021 constituía una discriminación por razón de sexo.

Esto ha permitido a muchos jubilados varones reclamar el abono retroactivo del complemento, junto con intereses de demora e incluso indemnización por daños y perjuicios.

¿CÓMO RECLAMAR EL COMPLEMENTO POR HIJO O BRECHA DE GÉNERO?

  • Si aún no has solicitado la pensión:
    • Puedes incluir la solicitud del complemento en el trámite de pensión, adjuntando el modelo oficial de solicitud de la Seguridad Social.
  • Si ya cobras pensión:
    • Puedes presentar una solicitud posterior en el INSS para que te reconozcan el complemento desde la fecha de inicio de tu pensión (si es posterior al 4 de febrero de 2021).
  • Si eres hombre y te jubilaste entre 2016 y 2021:
    • Puedes reclamar judicialmente el complemento por maternidad con carácter retroactivo, aunque no lo percibiste en su momento, al amparo de las sentencias del TJUE y la doctrina del Tribunal Supremo.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITAS?

  • DNI del solicitante.
  • Resolución de la pensión contributiva.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción.
  • Justificación de la relación entre la crianza de los hijos y el perjuicio laboral (en caso de hombres).
  • Sentencias, si ya has reclamado y ha habido pronunciamiento judicial.

¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA RECLAMAR?

En el caso de reconocimientos nuevos, se puede reclamar desde el momento en que se reconoce la pensión.

En el caso de reclamaciones retroactivas (por ejemplo, pensiones anteriores a 2021), se puede solicitar un reconocimiento de derechos económicos no prescritos, y dependiendo del caso, puede reclamarse hasta 4 años atrás o más si se considera discriminación persistente.

CONCLUSIÓN: UN DERECHO QUE SE PUEDE RECLAMAR, INCLUSO CON RETROACTIVIDAD

Si tienes hijos y estás cobrando una pensión contributiva, es muy probable que tengas derecho a este complemento mensual.

Y si eres hombre y te jubilaste entre 2016 y 2021, la justicia te permite reclamar lo que no se te concedió entonces.

En Derechos del Trabajo, te ayudamos a:

  • Evaluar si cumples los requisitos.
  • Reclamar el complemento ante el INSS.
  • Interponer demanda judicial si ha habido discriminación.
  • Solicitar el abono retroactivo con intereses y, si corresponde, indemnización.

Contacta con nosotros y revisaremos gratuitamente tu caso.