El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha implementado recientemente medidas para apoyar a los trabajadores con ingresos bajos, ofreciendo subsidios por desempleo a aquellos cuyos ingresos no superen los 900 euros mensuales. Esta iniciativa busca proporcionar un respaldo económico a quienes se encuentran en situaciones laborales precarias o han agotado otras prestaciones.
Desde Derechos del Trabajo, despacho especializado en Derecho Laboral, analizamos quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas, cuáles son los requisitos, qué cuantías se abonan y cómo solicitarlas.
¿QUIÉNES PUEDEN BENEFICIARSE?
Los subsidios están dirigidos a personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo y carecer de ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2025 equivale a aproximadamente 888 euros mensuales.
- No haber cotizado lo suficiente para acceder a la prestación contributiva, pero haber trabajado al menos 90 días (con cargas familiares) o 180 días (sin cargas familiares).
- Ser mayor de 52 años, desempleado y sin derecho a la prestación contributiva, siempre que se cumplan ciertos requisitos adicionales.
¿POR QUÉ EL LÍMITE SE SITÚA EN 900 EUROS?
El límite de ingresos se establece en el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para 2025, el SMI está fijado en 1.200 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a un umbral de aproximadamente 900 euros al mes en 12 pagas.
Este criterio permite determinar quién se considera en “situación de carencia de rentas” a efectos del SEPE, un requisito indispensable para acceder a varios tipos de subsidios por desempleo.
REQUISITOS GENERALES
Para acceder a estos subsidios, los solicitantes deben:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Inscribirse como demandantes de empleo y mantener esta inscripción activa.
- No superar el umbral de ingresos establecido (75% del SMI).
- Cumplir con los requisitos específicos según la modalidad de subsidio solicitada.
CUANTÍA Y DURACIÓN DE LA AYUDA
La cuantía del subsidio varía según la modalidad y las circunstancias personales del solicitante:
- Subsidio por insuficiencia de cotización: 480 euros mensuales, con una duración que oscila entre 3 y 21 meses, dependiendo del tiempo cotizado y de si se tienen cargas familiares.
- Subsidio para mayores de 52 años: 480 euros mensuales, con duración indefinida hasta que el beneficiario alcance la edad legal de jubilación, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos.
¿QUÉ SUBSIDIOS PUEDEN SOLICITARSE SI NO SE SUPERAN LOS 900 EUROS?
El SEPE contempla diferentes modalidades de subsidio para personas que no alcanzan ese umbral de ingresos. A continuación, detallamos los principales:
1. Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva (sin rentas)
Está destinado a quienes han agotado el paro contributivo (la “prestación por desempleo”) y no tienen ingresos propios que superen el 75% del SMI.
- Duración: 6 meses prorrogables hasta 18 o 30 meses, según la edad y responsabilidades familiares.
- Cuantía: 480 euros mensuales (el 80% del IPREM).
- Requisitos: Inscripción como demandante de empleo, carencia de rentas y firma de un compromiso de actividad.
2. Subsidio por insuficiencia de cotización
Destinado a personas que han trabajado, pero no el tiempo suficiente para generar derecho a prestación contributiva.
- Duración:
- 3 o 6 meses (si no hay cargas familiares).
- Hasta 21 meses (si las hay).
- Requisitos: Haber cotizado al menos 3 meses (con cargas) o 6 meses (sin cargas), no superar los 900 euros y estar inscrito como demandante.
3. Subsidio para mayores de 52 años
Este subsidio tiene carácter especial, ya que es el único que cotiza para la jubilación.
- Duración: Hasta alcanzar la edad legal de jubilación.
- Cuantía: 480 euros mensuales.
- Requisitos: Tener 52 años o más, cumplir los requisitos para acceder a la pensión contributiva (excepto la edad), y no superar los ingresos mencionados.
4. Renta Activa de Inserción (RAI)
Ayuda para desempleados de larga duración, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o emigrantes retornados.
- Duración: 11 meses.
- Cuantía: 480 euros mensuales.
- Requisitos: No superar el 75% del SMI, estar inscrito como demandante y cumplir criterios adicionales según el colectivo.
5. Subsidio extraordinario por desempleo (SED)
Ayuda puntual para personas que ya han agotado otras prestaciones y no tienen ingresos suficientes.
- Duración: 6 meses, no prorrogables.
- Requisitos: Haber agotado todas las prestaciones anteriores y acreditar la búsqueda activa de empleo.
¿SE PUEDE TRABAJAR Y COBRAR EL SUBSIDIO?
Sí. El SEPE permite compatibilizar el subsidio con un empleo a tiempo parcial, siempre que los ingresos no superen el límite de 900 euros mensuales. En estos casos, la cuantía del subsidio se reduce proporcionalmente a la jornada laboral.
Esto facilita la reincorporación gradual al mercado laboral, permitiendo que el beneficiario no pierda completamente el apoyo económico si consigue un empleo parcial o temporal.
Ejemplo práctico:
Laura, de 45 años, trabajó durante 5 meses como auxiliar administrativa. No tiene hijos ni otras personas a su cargo. Al perder su empleo, solicita el subsidio por insuficiencia de cotización.
Al no superar los 900 euros mensuales en ingresos y haber cotizado más de 180 días, puede solicitar el subsidio por un máximo de 6 meses y recibirá 480 euros al mes.
Miguel, de 55 años, ha agotado el paro contributivo y no encuentra empleo. Como sus ingresos no superan los 900 euros y cumple con los requisitos de cotización para la jubilación, puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años, que se le mantendrá hasta que cumpla la edad legal de jubilación.
¿CÓMO SOLICITAR ESTAS AYUDAS?
Para tramitar cualquiera de estos subsidios es necesario:
- Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y mantener la inscripción activa.
- No superar el umbral de ingresos mensuales fijado (900 euros).
- Presentar la solicitud dentro del plazo de 15 días hábiles desde que se produce la situación que da derecho al subsidio.
- Aportar la documentación requerida: DNI, justificante de rentas, vida laboral, certificado de empresa, entre otros.
La solicitud puede hacerse online a través de la sede electrónica del SEPE o presencialmente en una oficina de empleo, con cita previa.
¿QUÉ PASA SI SUPERO LOS 900 EUROS?
En caso de que se superen los ingresos permitidos, se pierde el derecho al subsidio durante ese mes. Sin embargo, se puede recuperar la ayuda al mes siguiente si la situación vuelve a ajustarse a los límites establecidos.
UNA OPORTUNIDAD PARA LOS MÁS VULNERABLES
El nuevo enfoque del SEPE pretende dar cobertura a personas que, sin estar en una situación de desempleo total, viven con ingresos muy limitados. Esta medida puede marcar la diferencia para muchos trabajadores con contratos temporales, parciales o que alternan periodos de actividad e inactividad.
Desde Derechos del Trabajo ponemos a tu disposición un equipo de abogados laboralistas que puede ayudarte a:
- Analizar tu caso concreto.
- Determinar si cumples los requisitos.
- Tramitar correctamente la solicitud.
- Reclamar si el subsidio te ha sido denegado indebidamente.
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